Son muchas las historias de mujeres que al tratar de proteger a los hijos por “presuntos abusos sexuales”, que el propio padre ejerce sobre ellos, desde el juzgado se les retira la custodia. Para ello se utiliza tanto el Síndrome de Alienación Parental “SAP”, (dicho “síndrome” no está reconocido por Organismos Internacionales de Medicina y Psiquiatría; desde el CGPJ se desaconseja su uso en la “guía de buenas prácticas contra la violencia de género”), como la Figura de la Coordinadora Parental (figura que no está regulada por la ley).
Datos de abusos sexuales infantiles en España.
Estudios Internacionales realizados, entre otros, por el Consejo de Europa revelan que entre el 15% y el 20% de niñas y niños sufren algún tipo de abuso sexual antes de cumplir los 18 años. Save The Children calcula que en España el 70% de las denuncias de este tipo no llegan a juicio. Expertas y expertos manifiestan que el sistema judicial no escucha ni atiende a menores en sede judicial. Por lo que no queda garantizada la plena protección de los menores víctimas de abusos y agresiones sexuales. La Fundación Anar muestra en las investigaciones que la mayoría de abusos sexuales a menores son perpetrados por el padre de la víctima. La Fiscalía General del Estado revela que los delitos de abusos sexuales a menores se incrementan cada año.
Madre coraje vapuleada.
Este es parte del relato de una mujer, Silvia de Catalunya, se entera por la hija de apenas 3 añitos de edad que el padre la toca y hace daño en los genitales. Posteriormente, el hijo pequeño también cuenta sufrir el mismo estupor. Actualmente la niña tiene 8 años y el niño 6.
En noviembre del 2019, en rueda de prensa Silvia vaticina lo que ocurre a posterior: “Desprotección a los menores y castigo por hacer uso del derecho a la legítima defensa.” “Trabas judiciales. Cero escucha a los menores que son penados a no estar con la madre, que lo único que pretende es proteger a los hijos.”
En una entrevista que Público hace a Silvia, entre otras cosas, se muestra: “la imposición de la Figura de la Coordinadora Parental la cual filtra el SAP. (Catalunya modifica el 17/12/20 la ley del 2008 contra la violencia de género y recoge: “La utilización del Síndrome de Alienación Parental también es violencia Institucional.”)El auto de arrancamiento es injustificado. La jueza de familia no tuvo en cuenta la situación de riesgo al estar el progenitor, de ambos hermanos, en dos procesos abiertos de investigación por presuntos abusos a los hijos.”
Este es el artículo en el que se muestran ciertos despropósitos de la propia administración.
Ella, madre coraje, lleva desde el año 2015 con esta lucha desgarradora contra un sistema que, en lugar de ejercer el papel al que se debe –proteger a los menores–, decide poner a los pequeños en riesgo.
En la actualidad, Silvia está más desesperada, si cabe. Desde la escuela le pasan un informe sobre las necesidades del hijo pequeño: “Alteración de la conducta: Incapacidad para estar quieto. Necesita moverse constantemente. A menudo realiza aleteos y ruidos.” Asimismo, el informe de hace pocos meses del colegio anterior refleja la detección de distrofia muscular y retraso cognitivo en el habla, nunca antes diagnosticado. Muestra tres tipos de trastornos cognitivos y físicos, se le suma Hipoacusia severa y agravada en poco tiempo.” Esto provoca que desde los cinco años ha de llevar audífono. Todo ello coincide al poco de ser arrancado de la madre y entregado al “presunto abusador”.
La hija lleva cinco meses conviviendo con el “presunto abusador”. Anteriormente se la confinó diez meses en un centro de menores por negarse a ir con el padre después de relatar el motivo “abusos sexuales que sufría a manos de él, el progenitor”. Es ahora cuando la pequeña presenta Trastorno de la Conducta; no han puesto en conocimiento de la madre de qué tipo de Trastorno se trata.
Silvia explica que aún teniendo la patria potestad le ponen muchos impedimentos para facilitarle la historia clínica de la hija. Al recibir la historia clínica queda desconcertada al comprobar que los cinco últimos años de la pequeña los han hecho desaparecer. Los informes de que dispone reflejan: “Restrenyiment, Alergia inespecífica.” La madre decide alejar a la hija, a los 3 añitos, de la vivienda común. La pequeña no muestra síntomas hasta que ha de ver y estar con el padre, y es cuando parece mostrar “indicadores y signos de Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT)”.
Lo más actual.
Después del confinamiento, el director del centro de DGAIA, donde se internó a la pequeña, hace un informe por insistencia de la niña y desesperación por contactar con la madre. Por el bienestar de la menor, a la jueza no le queda otra que dictar un auto en el que se le concede llamadas con la madre. Entre paréntesis añade que no sea videollamadas.
La coodirnadora parental, que Silvia en ningún momento solicitó y le fue impuesta, es la que decide suspender las llamadas a pesar del auto dictado . Silvia comenta que la propia jueza incumple su auto. Esto significa que la coordinadora parental, a pesar de no estar regulada, llega a coger más peso y relevancia que la propia jueza.
En estado de covid, cuando los niños ya pueden acudir al colegio, desde el centro DGAIA se decide no llevar a la niña a la escuela. Este año, el primer trimestre tampoco llevan a la pequeña a la escuela. El centro escolar está situado cerca de casa de la madre. El padre pide un cambio a otra escuela lejos del centro dónde está la pequeña. La jueza decide que la niña a partir del mes de diciembre se la lleve al nuevo colegio. Para asistir a clases a la pequeña la han de levantar a las cinco de la mañana y coger un tren, con el riesgo de contagio ya que se sigue en estado de alarma. Silvia considera que es una forma de que la niña no tenga contacto con amiguitos, con los que lleva cinco años como compañeros de clase, y ellos pueden mandar algún mensaje de la pequeña a la madre.
Silvia está desmoralizada, son ya más de 450 días los que lleva sin que le dejen ver a sus hijos.
¿Qué intereses ocultan las instituciones catalanas, jueza, coordinadora parental, en mantener la postura de no escuchar a los mentores ni a la madre? ¿Por qué no tienen presente los informes médicos de los pequeños?
¿A quién se puede acudir para que se investigue las irregularidades judiciales?
Varias madres se unen y acusan a España por violencia Institucional ante la ONU. Denuncian el trato de la Justicia como violencia Institucional y constitutivo de delito de tortura, trato cruel, inhumano y/o degradante del que han sido objeto tras denunciar abusos sexuales, daños físicos y psicológicos en contra de hijos e hijas por parte de los propios padres.
Por @dalila_sin
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